Ley de Bienestar Animal. Todo lo que necesitas saber.

La ley de Protección Animal fue aprobada el pasado mes de marzo, siguiendo la normativa europea, con esta ley aparecen nuevos conceptos y nuevas normas que se van a tener que cumplir por parte de todo aquel que tenga un animal en casa y así evitar sanciones que pueden ascender hasta los 200.000 euros.

Con la llegada de esta nueva ley, se pretende que los animales acudan periódicamente a revisiones veterinarias, mantener su higiene y salud, alimentarlos adecuadamente y acondicionar los hogares para que ellos tengan un espacio en condiciones. Estas son algunos de los requisitos básicos que se tienen que llevar a cabo para tener una mascota en casa, no obstante la nueva ley marca una serie de prohibiciones.

Tener un espacio para ellos

Al hilo de lo comentado anteriormente, los animales no sólo tienen que tener cubiertas sus necesidades, sino que se les debe ofrecer un espacio adecuado. La ley especifica que las mascotas para que puedan convivir con una familia deberán tener un alojamiento acorde a las dimensiones del animal y junto con unas buenas condiciones higiénico-sanitarias.

¿Qué es realmente lo que se pretende llevar a cabo con la Ley de Bienestar Animal? 

Pues que no se podrá dejar a los animales de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, patios o vehículos, además de abandonar su supervisión durante más de tres días consecutivos. En el caso de los perros, no podrá ser superior a las 24 horas.

Todos los gatos deberán estar esterilizados antes de los 6 meses de vida, salvo los reproductores que estén inscritos a nombre de un criador.

En el caso de pérdida o de sustracción de un animal tenemos 48 horas para comunicarlo a las autoridades competentes, en caso contrario, será considerado un abandono. Por otro lado, cuando tengamos un animal con problemas de conducta, debemos acudir a los servicios de un veterinario acreditado en comportamiento animal.

Prohibiciones

Está prohibido el sacrificio de animales, salvo que supongan un peligro para las personas u otros animales o un riesgo para la salud pública. La eutanasia deberá ser justificada por un veterinario y sólo se llevará a cabo en caso de enfermedades dolorosas sin solución.

Mascotas prohibidas

  • Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.
  • Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de las tortugas.
  • Todos los primates.
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg.
  • Especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.

En el caso de que una persona tenga este animal en su domicilio, tendrá un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para comunicarlo a las autoridades competentes, en su defecto, la multa podrá ser de 200.000 euros.

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Fin de las tiendas de animales

Queda totalmente prohibida la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, como por ejemplo circos o espectáculos de feria, a excepción de los espectáculos taurinos. Las peleas de gallos también están prohibidas.

Endurecimiento de las penas

Esta nueva legislación trae consigo una reforma del Código Penal en las que se endurecen las penas por maltrato animal. Habrá penas de cárcel de hasta un año en el caso de que el animal muera, o hasta penas de 36 meses en el caso de que se repitan los malos tratos. En lo que se refiere a las multas, las infracciones leves tendrán una sanción hasta los 10.000 euros, mientras que las graves serán de hasta 50.000 euros y las muy graves de 200.000 euros.

Cuántos animales podré tener en casa

Una de las cuestiones más debatidas de esta ley, es que se limita el número de perros y de gatos que puedan convivir en un hogar y en el que se deja un vacío legal para el resto de animales como aves, hurones o roedores. No se puede convivir con más de cinco de estos animales. A partir de este número se necesitará pedir un permiso al ayuntamiento, que deberá estar respaldado por un informe veterinario que certifique el bienestar de estos animales en el domicilio. Por ejemplo, para el caso de protectoras, residencias o albergues será necesario solicitar la licencia de núcleo zoológico. Si no se solicitan estos permisos, el dueño de las mascotas puede ser sancionado con una multa que oscila entre los 500 y 200.000 euros.

Novedades para los dueños de mascotas

A pesar de que esta nueva ley va a entrar en vigor a partir del 29 de septiembre, existen varios puntos que van a posponer la obligatoriedad de las normas. Entre ellos, el seguro de responsabilidad civil obligatorio para los dueños de perros y el curso de formación. Estas obligaciones por ahora, no serán una realidad independientemente de que la legislación entre en vigor el próximo 29 de septiembre. ¿Y cuál es el motivo?, pues que estos puntos para poder llevarse a cabo necesitan contar con un reglamento específico en el que se detallaran todas sus características, y a día de hoy, esto no existe. En cuanto a lo del seguro de responsabilidad civil, se extiende solo a los perros de raza potencialmente peligrosas. Por otro lado, los cursos de formación aún no serán obligatorios ( pero se contará con un plazo de dos años para realizarlos), sin embargo para aquellas personas que quieran adoptar ahora a un perro tendrán que realizarlo.

En cuanto al acceso a espacios públicos, medios de transporte y establecimientos, tanto los transportes públicos como los privados deben facilitar el acceso de animales de compañía siempre que no supongan un peligro. Los establecimientos que ofrezcan comidas y bebidas también podrán permitir el acceso a animales de compañía y en caso de que no lo hagan el distintivo siempre tiene que estar a la vista.

Esperamos que este post te haya servido de ayuda. Si tienes alguna duda o deseas ampliar más información, no tienes más que ponerte en contacto con nosotros.

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